Pj digital Bahía Blanca: mayo 2011

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Hoy defender el proyecto nacional y popular no es algo solo ligado a los que tenemos la suerte y el tiempo para dedicarle a la militancia convencional. Podes hacer las dos cosas, o quizás podes defender el proyecto nacional en tu territorio desde tu casa, la oficina o donde sea. Tomemos la responsabilidad participar, de comunicar lo que tanto queremos que se sostenga en el tiempo. Banquemos a Cristina y seamos parte de la historia de un proyecto politico que cambio para bien la realidad de todos los Argentinos. Sumate al Pj digital enviando tu email y datos básicos para que te mantengamos informado y puedas poner tu parte difundiendo.

TV Digital ¿Quienes son los beneficiarios?

Los beneficiarios del PLAN OPERATIVO DE ACCESO AL EQUIPAMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DE LA TELEVISION DIGITAL TERRESTRE son:
  • Establecimientos estatales que tengan por finalidad y/o función el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas y/o de promoción de contenidos audiovisuales.
  • Organizaciones sociales, como ser, Asociaciones Civiles sin fines de Lucro, Fundaciones o Cooperativas, que tengan por objeto el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas y/o de promoción de contenidos audiovisuales.
  • Hogares: Titulares de alguna de las siguientes condiciones: 
  1. - Pensiones no contributivas: pensión a la vejez (mayores de 70 años, madres de 7 o más hijos, invalidez/ discapacidad- personas que presenten 76% o más-)*
  2. - Asignación Universal por Hijo (AUH).
  3. - Jubilaciones y/o pensiones con haberes mínimos nacionales y/o provinciales.
  4. - Beneficiarios de Planes sociales de algún tipo que se encuentren contemplados en alguno de los padrones de los organismos gubernamentales.
  5. - Aquellos integrantes de hogares en situación de vulnerabilidad que no se encuentren contemplados en las nombradas categorías. Los mismos podrán realizar una solicitud complementaria, acompañada con la documentación respaldatoria correspondiente en las oficinas del Correo Argentino más cercanas a su domicilio, siguiendo los mismos pasos de solicitud que el resto de los interesados.
    Vejez: Se regula por la Ley Nº 13.478 y su Decreto Reglamentario Nº 582/03. Invalidez/Discapacidad: se regula mediante la Ley Nº 18.910, Decreto Reglamentario Nº 432/97. Madres: Se regula por la Ley Nº 23.746, Decreto Reglamentario Nº 2360/90. 
Para acceder a los formularios de solicitud, haga clic aquí.
Si desea mas información sobre las condiciones para acceder al Plan, llamar al 0800-888-MiTV (6488).